miércoles, 3 de junio de 2009

DEMNDAN ARTÍCULO DE LA LEY 84 DE 1989

Por considerar que el artículo 7º de la Ley 84 de 1989 (por medio de la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de Animales y prohibe el trato cruel para estos seres), no incluyó el rejoneo, el coleo, las corridas de toros, las novilladas, las corralejas, las becerradas y tientas y las riñas de gallos, Oscar Andrés Acosta demandó dicho artículo.

El demandante considera que esos eventos mencionados siginifican una legalización de la tortura y la muerte con sevicia de animales, lo que lesionaría los artículos 16,22,79 y 95 de la Carta Política.

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